Las detenciones en el contexto de la crisis en Nicaragua
La CIDH constató cientos de detenciones arbitrarias realizadas bajo diferentes modalidades. En la mayoría de los casos, la principal intención de la privación de libertad consistió en reprimir una postura de oposición al actual régimen nicaragüense e inhibir cualquier expresión de protesta social.
Perpetradores de las detenciones
Detenciones masivas, selectivas y múltiples
Uso desproporcionado de la fuerza en el contexto de las detenciones
Falta de información sobre las causas de la detención, falta de exhibición de mandamiento judicial, e incomunicación de las personas detenidas
Falta de presentación dentro del plazo legal ante autoridad judicial
Cifras de Personas Detenidas
Malos tratos
Testimonios recibidos por la CIDH revelan que la mayoría de las detenciones realizadas en el contexto de las manifestaciones y protestas sociales en Nicaragua han sido acompañadas por distintas formas de tratos crueles, inhumanos y degradantes, llegando algunos de los tratos descritos a alcanzar el umbral de tortura:
Derechos de las personas privadas de la libertad frente a los efectos de la pandemia del
covid-19
En el contexto de la pandemia mundial del COVID-19, la situación de las personas privadas de libertad en Nicaragua debido al riesgo de contagio en que se encuentran es preocupante.
Familiares de las personas detenidas han denunciado restricciones para el ingreso de paquetería como mayor cantidad de agua a la permitida, mascarillas o alcohol en gel. Dichos hechos podrían aumentar el riesgo a la salud de las personas detenidas y a sus familiares.
La CIDH llama al Estado de Nicaragua a garantizar la libertad inmediata de todas las personas que permanecen privadas de la libertad arbitrariamente por hechos vinculados con las protestas sociales iniciadas el 18 de abril de 2018.
Recomendaciones
4
Elaborar y publicar registros de todas las detenciones ocurridas desde el inicio de las protestas del 18 de abril.
5
Iniciar de oficio e inmediatamente una investigación efectiva que permita identificar, juzgar y sancionar a los responsables de malos tratos y tortura.
6
Garantizar el trato digno a las personas bajo custodia de las autoridades del Estado de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos.
7
Proveer de manera inmediata asistencia médica a todas las personas detenidas con afecciones de salud que la requieran.
8
Crear las condiciones necesarias para hacer efectivo el contacto de las personas privadas de libertad con sus familias.
9
Garantizar que el uso de medidas de aislamiento sea excepcionales, breves, y como ultimo recurso.
10
Suprimir la práctica de detener a personas sin mandamiento judicial ni en flagrancia de algún delito.
11
Presentar a las personas detenidas ante autoridad judicial en un plazo legal de no más de 48 horas.
12
Verificar inmediatamente que la aplicación de la detención preventiva se realice de conformidad con los
estándares internacionales en la materia: excepcionalidad, legalidad, proporcionalidad y razonabilidad.
13
Reconsiderar las acusaciones formuladas por terrorismo.
14
Garantizar el debido proceso de las personas detenidas.
15
Al Poder Judicial, ejercer plenamente su independencia para juzgar a los acusados bajo los más altos estándares internacionales de derechos humanos.
1
Poner en libertad a las personas que han sido detenidas de manera ilegal o arbitraria.
2
Cesar de inmediato las detenciones arbitrarias e ilegales de quienes participan de las protestas en las protestas o de manifiestan contra el gobierno.
3
Asegurar que los operativos de seguridad respecto a protestas y manifestaciones se ejecuten según los protocolos de actuación acordes con los estándares internacionales relativos al uso de la fuerza por agentes encargados de hacer cumplir la ley.